Renta y Patrimonio 2019: ¡Todavía está a tiempo de actuar!

[:ca]Quan es presenta la declaració de la Renda, és molt habitual lamentar-se per no haver fet algunes coses que, en el seu moment,  podrien haver reduït el pagament a Hisenda. Doncs ara és aquest moment per prendre determinades decisions.

Per exemple, és freqüent oblidar-se de les pèrdues d’exercicis anteriors que es poden compensar en els quatre exercicis posteriors. En cas que les arrosseguem, s’ha de tenir clar l’import pendent i el darrer any d’aplicació, ja que alguna plusvàlua que tinguem latent es podria veure reduïda si la materialitzem dins de l’exercici.

L’edat també és una variable important si parlem de reduir guanys patrimonials. Les persones amb 65 anys o més no tributen per la venda del seu habitatge habitual (sense necessitat de reinversió). I no només això, a partir d’aquesta edat pot reduir, i fins i tot exonerar, els guanys per la venda de qualsevol altre tipus de bé sempre que amb els diners obtinguts (fins a un màxim de 240.000 Euros) constitueixi una renda vitalícia.

D’altra banda, no s’oblidi de la seva aportació al Pla de Pensions, tot i que probablement, com cada any, les entitats financeres ja s’encarregaran de recordar-li durant les darreres setmanes de l’any. L’aportació màxima anual és de 8.000 Euros. I si ja s’ha jubilat o li falta poc, pensi que existeix un règim transitori en cas de rescat si ha fet aportacions anteriors a 2007, que permet una reducció del 40%, però sempre que el rescat es realitzi dins d’uns terminis màxims.

 

 [:en]Cuando se presenta la declaración de la Renta, es muy habitual lamentarse de no haber hecho ciertas cosas que, en su momento, podrían haber atenuado nuestro pago a Hacienda. Pues bien, ahora es ese momento para tomar ciertas decisiones.

Por ejemplo, es habitual olvidarse de pérdidas de ejercicios anteriores que pueden compensarse en los siguientes cuatro ejercicios. En caso de que las arrastremos, conviene tener claro el importe pendiente y el último año de aplicación, pues alguna plusvalía que tengamos latente podría verse atenuada si la materializamos dentro del ejercicio.

La edad es también una variable importante a la hora de reducir ganancias patrimoniales. Las personas con 65 años o más no tributan por la venta de su vivienda habitual (sin necesidad de reinversión). Y no solo eso, sino que a partir de esa edad puede reducir, o incluso exonerar, las ganancias por la venta de cualquier otro bien siempre que con lo obtenido (hasta un máximo de 240.000 €) constituya una renta vitalicia.

Por otra parte, no se olvide de su aportación al Plan de Pensiones, aunque probablemente, como cada año, las entidades financieras ya se ocuparán de recordárselo durante las últimas semanas del año. La aportación máxima anual sigue en 8.000 €. Y si se ha jubilado o está a punto de hacerlo, piense que existe un régimen transitorio en caso de rescate si hizo aportaciones anteriores a 2007, que permite una reducción del 40%, pero siempre que el rescate se realice dentro de unos plazos máximos.[:es]Cuando se presenta la declaración de la Renta, es muy habitual lamentarse de no haber hecho ciertas cosas que, en su momento, podrían haber atenuado nuestro pago a Hacienda. Pues bien, ahora es ese momento para tomar ciertas decisiones.

Por ejemplo, es habitual olvidarse de pérdidas de ejercicios anteriores que pueden compensarse en los siguientes cuatro ejercicios. En caso de que las arrastremos, conviene tener claro el importe pendiente y el último año de aplicación, pues alguna plusvalía que tengamos latente podría verse atenuada si la materializamos dentro del ejercicio.

La edad es también una variable importante a la hora de reducir ganancias patrimoniales. Las personas con 65 años o más no tributan por la venta de su vivienda habitual (sin necesidad de reinversión). Y no solo eso, sino que a partir de esa edad puede reducir, o incluso exonerar, las ganancias por la venta de cualquier otro bien siempre que con lo obtenido (hasta un máximo de 240.000 €) constituya una renta vitalicia.

Por otra parte, no se olvide de su aportación al Plan de Pensiones, aunque probablemente, como cada año, las entidades financieras ya se ocuparán de recordárselo durante las últimas semanas del año. La aportación máxima anual sigue en 8.000 €. Y si se ha jubilado o está a punto de hacerlo, piense que existe un régimen transitorio en caso de rescate si hizo aportaciones anteriores a 2007, que permite una reducción del 40%, pero siempre que el rescate se realice dentro de unos plazos máximos.[:]

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